El patrón deberá adoptar las medidas necesarias para la conservación de los historiales médicos individuales previstos en el apartado 3 del artículo 8º del presente Vivo Decreto, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Que la seguridad y salud https://en-web-directory.com/listings12758338/todo-acerca-de-seguridad-y-salud-en-el-trabajo-colombia