No, al tratarse de un procedimiento que se tramita de mutuo acuerdo, no es necesaria la celebración de proceso, por ser las partes las que llegan a sus acuerdos en el convenio regulador, convenio que constará adjuntado en la resolución que dicte el Mediador. Se condena a la clínica https://archerrfsdp.blogdiloz.com/29114191/abogado-cosas-que-debe-saber-antes-de-comprar