El patrón debe advertir por escrito al trabajador las conductas que motivan la rescisión y las fechas en que ocurrieron. La desidia de aviso al trabajador personalmente o por el tribunal puede presumir una separación no justificada, a menos que se demuestre lo contrario. Las personas empleadoras deberán respaldar la https://medinaempresarialsst.com/resolucion-2646-de-2008/